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Exclusividad de Fotógrafos y Videógrafos en las Fincas de Bodas

¿Dejarías que el sacerdote o el dueño de la finca eligiera tu vestido de novia?


¿No?


Entonces ¿por qué dejar que elija al fotógrafo o videógrafo de tu boda?



Desgraciadamente muchas fincas e iglesias os obligan a pagar un canon por contratar a quien queráis para vuestro gran día.


El origen de las exclusivas se remonta varias décadas atrás, una época en la que los novios llegaban a la iglesia sin haber contratado fotógrafo (lo sé, a día de hoy es impensable… pero así era). Los fotógrafos y videógrafos de boda de la época se apostaban en la puerta de los templos y ofrecían sus servicios a las parejas, como si fueran mercaderes en la medina de Marrakech. Algunos profesionales, un poco más avispados que el resto, negociaron con los párrocos ser los fotógrafos en exclusiva de la iglesia (a cambio de un jugoso soborno, quiero decir, donativo) para acabar con escenas surrealistas a la entrada de las bodas.

Estas prácticas se extendieron rápidamente a restaurantes y fincas, pasando en algunos casos de padres a hijos, perpetuándose en el tiempo hasta el punto de que en la actualidad muchas parejas lo consideran “normal”.

No es normal. No es moral. Y no es legal.


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Los argumentos de los propietarios de fincas son similares a los de los curas, a lo que algunos añaden una "Exclusividad de Fotógrafos y Videógrafos en las Fincas de Bodas o Canon por derechos de imagen”. Los novios ya están pagando una cuantiosa cantidad por el uso y disfrute de sus instalaciones, entre lo que se incluye su reportaje fotográfico, por lo que no ha lugar a dicho canon.

Además de los aspectos legales, ¿es decente pedir dinero por no dar un servicio? Es algo así como ir a cenar a un restaurante y que te obliguen a pedir solomillo a la pimienta… y si no te apetece, te cobren por no servírtelo. ¿No les da vergüenza pedir a una pareja 150 o 300 euros por no contratar al fotógrafo y videógrafo de la casa, cuando van a invertir en su banquete muchos miles de euros?


La inclusión de claúsulas que obligan a la contratación de servicios no solicitados, o penalizan la no contratación de los mismos, se considera abusiva y atenta contra la Ley General para la Defensa

de los Consumidores y Usuarios.


El derecho a la propia imagen está recogido en el artículo 18 de la Constitución, por el cual corresponde sólo a la pareja decidir quién puede fotografiarles.


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Tener en cuenta que si tenéis que destinar parte de vuestro presupuesto a pagar un canon de 300€ por contratar al fotógrafo/videógrafo que queráis, también estaréis restando del presupuesto

algunos extras que alomejor os gusaría contratar para vuestra peli y fotos

(por poner un ejemplo, mi servicio de preboda y postboda son 300€, o grabar toda vuestra boda con un drone son 400€).

y esto es lo único que perdurará para siempre,

la fotografía y video será vuestro mejor recuerdo.


Una vez cerrado, recordar preguntarme, para poder ahorraros esta imposición abusiva por parte de algunas fincas.



Recuerda ver mis trabajos:




Créditos: Sergio Cueto

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